Portabilidad

PORTABILIDAD


EPS
Bienvenidos a la sección de portabilidad de la EPSS COMFAMILIAR – CARTAGENA

  • Es un mecanismo que estableció el Ministerio de Salud y Protección Social, a través del Decreto 1683 de 2013, para que las Entidades Promotoras de Salud garanticen a sus afiliados el acceso a los servicios de salud en un municipio diferente a aquel donde habitualmente se reciben los servicios de salud en una IPS primaria, en caso de emigración  a otra ciudad, de manera temporal o permanente, ya sea por situación de estudio, trabajo o otra en donde el afiliado deba permanecer por un tiempo prolongado fuera de su lugar de origen.
  • Emigración temporal: cuando el afiliado se traslade de su domicilio de afiliación a otro municipio dentro del territorio nacional por un período superior a un (1) mes e inferior a doce meses (12).
  • Emigración permanente: cuando la emigración sea permanente o definitiva para todo el núcleo familiar, el afiliado deberá cambiar de EPS, afiliándose a una que opere el respectivo régimen en el municipio receptor. Cuando la emigración temporal supere los doce (12) meses, esta se considerará permanente y el afiliado deberá trasladarse de EPS o solicitar una prórroga por un año más, si persisten las condiciones de temporalidad del traslado.

Para mayor Información comuníquese al correo: portabilidad.eps@comfamiliar.org.co
***DESCARGAS RELACIONADAS***
Formulario de Solicitud Portabilidad
Red para Portabilidad

Deja una respuesta